Los contratos




Antes de hablar sobre los contratos debemos saber diferenciar entre estos y el acto jurídico. Tenemos que el acto jurídico es toda manifestación de la voluntad que tiende a crear, transmitir modificar o extinguir un derecho. Por otro lado, podemos definir los contratos como una convención por la cual una o mas personas se obligan hacia otra o varias mas a dar hacer o no hacer una cosa.

Los contratos tienen como función regir, regular la voluntad de las personas con el objetivo de crear entre ella vínculos de obligaciones.

El artículo 1108 del Código Civil Dominicano establece cuatro condiciones esenciales para la validez de las convenciones, estas son:

·         Consentimiento

·         Capacidad

·         Objeto

·         Causa licita

El consentimiento debe ser valido, el mismo no puede estar afectado por ningún vicio. Los vicios del consentimiento son:

1.      El error

2.      El dolo

3.      La violencia

4.      La lesión