Los contratos
Antes de hablar sobre los contratos debemos saber diferenciar entre estos y el acto jurídico. Tenemos que el acto jurídico es toda manifestación de la voluntad que tiende a crear, transmitir modificar o extinguir un derecho. Por otro lado, podemos definir los contratos como una convención por la cual una o mas personas se obligan hacia otra o varias mas a dar hacer o no hacer una cosa.
Los contratos tienen como
función regir, regular la voluntad de las personas con el objetivo de crear
entre ella vínculos de obligaciones.
El artículo 1108 del Código
Civil Dominicano establece cuatro condiciones esenciales para la validez de las
convenciones, estas son:
·
Consentimiento
·
Capacidad
·
Objeto
·
Causa licita
El consentimiento debe
ser valido, el mismo no puede estar afectado por ningún vicio. Los vicios del
consentimiento son:
1.
El error
2.
El dolo
3.
La violencia
4. La lesión
